Obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas

Oct 19, 2016 | Uncategorized

Se recuerda que, a partir del 2 de Octubre de 2016, según el Artículo 14 de la Ley 39/2015, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
 
a) Las personas jurídicas.
 
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
 
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
 
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
 
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.