Programa Extraordinario de ayuda a la contratación de Andalucía. Medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía

Jul 9, 2014 | Uncategorized

EXCMO, AYUNTAMIENTO DE MONTORO. ALCALDÍA ANUNCIO Por D.ª Mariana Lara Delgado, Alcaldesa en funciones del Ayuntamiento de Montoro se ha dictado con fecha 7 de julio de 2014 Resolución n.º 2014/00001355, por la que se aprueban las siguientes Bases para la selección de personas destinatarias del Programa extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía (Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio): » BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAS DESTINATARIAS DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN DE ANDALUCÍA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO-LEY 8/2014, DE 10 DE JUNIO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y URGENTES PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DEL EMPLEO Y EL FOMENTO DE LA SOLIDARIDAD EN ANDALUCÍA. 1.- Normas Generales. Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la convocatoria para la selección de personas destinatarias del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, en el marco de lo establecido en el Capítulo I, del Título II del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía (BOJA n.º 113, de 13 de junio de 2014). 2.- Requisitos de los aspirantes. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio: a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud. b) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias: 1 ° Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa todos las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de genero y las personas andaluzas retornadas. 2 ° Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea: l Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona (532,51 euros). l Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas (692,26 euros). l Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas (798,76 euros). l Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas (905,26 euros). A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa. c) Que en el momento de presentación de la solicitud la persona solicitante se encuentre empadronada en el Municipio de Montoro. d) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social sólo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en esta base. Estos requisitos deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 3.- Solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse conforme al modelo contenido en el Anexo I del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, dirigido al Ayuntamiento de Montoro, debiendo aportarse a dicha solicitud la siguiente documentación: a Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona solicitante. b En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, el correspondiente libro de familia. En su caso, documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar. c En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Parejas de Hecho que corresponda, o acreditación suficiente por otros medios de su relación de convivencia, y si se tuviesen descendencia, además, el libro de familia. d Volante de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas que constituyen la unidad familiar cumplen con el requisito definido en el artículo 8.b).1.° del Decreto-ley 8/2014 y de que en la fecha de la solicitud la persona solicitante se encuentra empadronada en el Municipio de Montoro. e Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud. f Informe de períodos de inscripción que acredite que la persona solicitante figura como demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo el día de la presentación de la solicitud para acogerse al Programa. g Informe de vida laboral de la persona solicitante en el que se refleje el año anterior a la solicitud. h En el caso, de que se den alguna de las circunstancias contempladas en la Base 4, deberá aportarse según corresponda, además: i Informe de vida laboral de cada uno de las personas componentes de la unidad familiar para el caso de que hayan trabajado algún período de tiempo durante el año anterior a la solicitud. j Título de Familia Numerosa. k Certificado de discapacidad o situación de dependencia. l Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. El Ayuntamiento de Montoro queda facultado para que, en la determinación mediante informe de la situación de exclusión social o riesgo de estarlo contemplada en la letra c) de la Base 2, recabe de la persona solicitante toda la información y documentación acerca del mismo o su unidad familiar que estime pertinente para la comprobación de dicha situación. El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar desde la publicación de las presentes Bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Montoro. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Montoro, en horario de 08:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, y de 09:00 a 13:00 horas los sábados, en cualquiera de las Oficinas de Correos en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o en la sede Electrónica del Ayuntamiento de Montoro. 4.- Procedimiento. Recibidas las solicitudes, el Ayuntamiento comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados a), b) y c) de la Base 2, procediendo a recabar Informe de la persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios en el que conste que el solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, utilizándose a tal fin preferentemente el modelo de informe elaborado para esta finalidad por la Consejería con competencias en materia de servicios sociales. Una vez recibidos los informes de los Servicios Sociales Comunitarios, por la Alcaldía se dictará Resolución seleccionando a los beneficiarios de este Programa Extraordinario de Contratación laboral, conforme a las prioridades establecidas en el artículo 9 del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, que a continuación se relacionan: a Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros, no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de solicitud. b Que la persona solicitante o alguno de las que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer. c Que alguno de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia. d Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo. e Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad. f Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente. g Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos menores a cargo. h Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de Transformación Social. i Que la persona solicitante sea mujer. j) Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta años 5.- Norma Final. La convocatoria, las presentes Bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y del procedimiento administrativo, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común». Lo que se hace público para general conocimiento. En Montoro, fecha y firma electrónica. LA ALCALDESA EN FUNCIONES Fdo. Mariana Lara Delgado.