Ayudas destinadas al Fomento de la Rehabilitación de Edificios

Jul 12, 2017 | Uncategorized

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO NOTA INFORMATIVA AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS 1.-Personas beneficiarias – Las comunidades de propietarios promotoras de actuaciones subvencionables sobre los elementos comunes de edificios residenciales de vivienda colectiva en las que, al menos, los propietarios de la mitad de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM. 2.- Objeto _ Financiar la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios residenciales de vivienda colectiva. 3.- Conceptos subvencionables – Obras y trabajos que se realicen en las instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones , con el fin de adaptarlas a la normativa vigente. – Mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética de calefacción o refrigeración. – Instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico. – Instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar, biomasa o geotermia. – Mejora de las instlaciones de suministro e instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua. – Mejora o acondicionamiento de instalaciones para la adecuada recogida y separación de los residuos domésticos. – Las que mejoren el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-HR, protección contra el ruido. – Acondicionamiento de los espacios privativos de la parcela para mejorar la permeabilidad del suelo, optimizar sistemas de riego, adaptar la jardinería a especies de bajo consumo hídrico y otras actuaciones bioclimáticas. – -Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad. – Instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores. – Instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos. 4- Importe _Porcentaje máximo de la subvención: No podrá superar el 35% del coste subvencionable de las actuaciones. Excepción: Actuaciones que incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, hasta 50% de subvención en esta partida. 5- Obtención del formulario de solicitud: _Delegación Territorial de Fomento y Vivienda _ www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda 6- Plazo de presentación de solicitudes: _ Del 7 de julio al 7 de agosto de 2017, inclusive. • 6- Lugar de presentación de solicitudes : _Vía telemática: www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ciudadania _ Delegación Territorial de Fomento y Vivienda donde se ubique el edificio a rehabilitar. – Oficinas de Correos – Ayuntamiento En caso de que la solicitud se presente en un registro distinto al de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda donde se ubique el edificio a rehabilitar, podrá remitirse copia completa de dicha solicitud, donde se visualice la fecha y número del registro de entrada al correo electrónico rehabilita.cfv@juntadeandalucia.es, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación. 7- Normativa: _ Bases reguladoras: Orden 25 de julio de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas al fomento de la rehabilitación edificatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. _Convocatoria: Orden 29 de junio de 2017, por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas al fomento de la rehabilitación edificatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2017.